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 Decretos de Educación •

'' El Ministerio de Magia siempre ha considerado de vital importancia la educación de los jovenes magos y de las jóvenes brujas. Los excepcionales dones con los que ellos y ellas nacen podrian quedar reducidos a nada si no se cultivaran y desarollaran mediante una cuidadosa instrucción. Las ancestrales habilidades de la comunidad mágica deben ser transmitidas de generación en generación para que no se pierdan para siempre. El tesoro escondido del saber mágico acumulado por nuestros antepasados debe ser conservado , reabastecido y pulido por aquellos que han sido llamados a la noble profesión de la docencia. ''

DECRETO EDUCATIVO Nº1

El Ministerio de Educación [MM] Establece que todos los Alumnos Menores de 17 Años tienen la Obligación y el Derecho de Recibir una Educación Rica en Cultura y Conocimientos Independientemente de su Condición Social , Económica , Cultural o Territorial . A Partir de Los 17 Años y teniendo el Graduado Se podra Acceder a Estudios Superiores Echos por Una Universidad Mágica u otros centros de Educación Mágica Superior.

DECRETO EDUCATIVO Nº2 

Los Alumnos que deseen Pasar de Curso en algun Colegio del [MM] Deberan Aprobar Este Nº de Asignaturas dependiendo del Curso:

• Para Pasar de 1r a 2º Curso: Aprobar 2 Asignaturas

• Para Pasar de 2º a 3r Curso: Aprobar 3 Asignaturas

• Para Pasar de 3º a 4º Curso: Aprobar 4 Asignaturas

• Para Pasar de 4º a 5º Curso: Aprobar 5 Asignaturas

• Para Pasar de 5º a 6o Curso: Aprobar 5 TIMOs minimamente

• Para pasar de 6º a 7º  Curso: Aprobar las Asignaturas de los TIMOs

• Para pasar de 7º Curso y Obtener la Graduación: EXTASIS

Para poder aprobar alguna asignatura primero los alumnos deberan acudir los Fines de Semana a los Profesores de la asignatura y pedir el Examen pertinente a su curso. El profesor debera aceptar. Los TIMOs y EXTASIS serán echos por los examinadores que el ministerio ha elegido.

DECRETO EDUCATIVO Nº3

Cada Centro Educativo del [MM] Debe dar a elegir un conjunto de 4 assignaturas OPTATIVAS que se cursaran a partir del 3r curso , de las cuales mínimamente se deberan elegir 2. Las asignaturas Optativas son las siguientes: Aritmancia , Adivinación , Runas Antiguas , Estudios Muggles y Idiomas Mágicos. En cuanto a la asignatura de Cuidado de Criaturas Mágicas sera Obligatoria y se cursara a Partir del 3r Curs

DECRETO EDUCATIVO Nº 4

Cada 4 Semanas Aproximadamente el Rector del Departamento de Educación el qual tendra la labor de inspeccionara el sistema Educativo que reciben los alumnos de cada Colegio en el [MM] y de supervisar a todos los profesores  debera mientras trancurra la inspección tomar anotaciones sobre el centro educativo , su manera de enseñar y evaluara a los profesor y mandara el Informe al Departamento de Educación. Para Poder ser Legalizado un Colegio  debe haber aprobado la Inspeccin del Miniserio de Educación y Ciencia.

DECRETO EDUCATIVO Nº5 •

Todos los Colegios del [MM] deben dar MINIMAMENTE un conjunto de 5  o más Clases Diarias. Si no se diesen deberia haber alguna causa Justificada. Si no se hiciese clase por pereza , el profesor sería sustituido por otro o si no el Ministerio de Educación Tomaria Cartas en el Asunto. Si no se diesen las 5 minimas clases Diarias durante bastante tiempo el Centro Educativo procederia a su censura.

DECRETO EDUCATIVO Nº6

Si un Centro Educativo del [MM] procede a su censura sus alumnos deberan ser trasladados a un Colegio Legalizado por el Departamento de Educación . El Departamento de Educación se encargara de elegir el Colegio donde se educaran los alumnos trasladados. Estos emperazan desde el curso que estaban en el anterior colegio y en la misma Casa.

DECRETO EDUCATIVO Nº7

El Departamento de Educación tendrá autoridad absoluta sobre los castigos, las sanciones y la supresión de privilegios de los estudiantes de todos los colegios del [MM], y podrá modificar los castigos , las sanciones y la supresión de privilegios que hayan podido ordenar otros miembros del cuerpo Docente.

DECRETO EDUCATIVO Nº8

Si el Director/a de algun  centro educativo no precisa de profesorres para algun asignatura el departamento de educacion tendra total poder y autoridad para elegir el profesor o profesora que crea mas conveniente para la asignatura.


Actualizado a 25/7/08, 12:09


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